El viernes 12 de agosto el estado peruano promulgó la Ley Nº 31556, que reduce de 18% a 8% el IGV “Ley que promueve medida de reactivación económica de micro y pequeñas empresas de los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos” que permite reducir el IGV para las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, servicios de catering y concesionarios de alimentos.

Tras la pandemia el sector turismo fue uno de los más afectados, con la finalidad de reactivar la economía, la reducción del IGV para las MYPES del sector turismo es del 18% a 8%

– ¿Cómo está compuesto el IGV?

IGV 16%

IPM 2%

Total = 18%

*La ley que reduce el IGV no excluye el 2% de Impuesto de Promoción Municipal (IPM), entonces el IGV queda de la siguiente manera:

IGV 8%

IPM 2%

Total = 10%

– ¿Hasta cuando está vigente esta Ley?

Esta ley está vigente desde este 1 de setiembre 2022, hasta el 31 de diciembre del 2024.

– ¿Qué empresas comprenden esta Ley?

– ¿Qué empresas NO están comprendidas en esta Ley?

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